DESCUENTOS INDEBIDOS EN NOMINA
Ante los descuentos en nómina que la empresa viene ejerciendo en los últimos meses, sin mediar ningún tipo de reclamación, descuentos por otra parte debidos a la incompetencia de la empresa, y ante la forma de actuar de esta queremos aclarar:
-La acción para reclamar salarios no tiene señalado un plazo especial para su ejercicio, por lo que se le aplica el plazo general de prescripción de 1 año.
El plazo de 1 año se computa desde que se pudo reclamar, esto es desde que debió ser abonado el salario por el empresario.
Por lo tanto todas las cantidades que se descuenten por pagos de salarios de hace más de un año, están indebidamente descontadas y por tanto hay que reclamárselas a la empresa. (Sabemos de algún caso que se descuenta cantidades de 2007)
Es decir del mismo modo que el trabajador tiene un plazo de un año para reclamar una cantidad económica (como bien saben los trabajadores subrogados) la empresa posee el mismo plazo de tiempo.
-Otro tema recurrente es el descuento de cantidades sin previo aviso, creemos que no cuesta un gran trabajo en avisar al trabajador y ponerse de acuerdo con él en que se le ha pagado una cantidad erróneamente y que y de qué forma se le va a descontar.
Ante esta situación propondremos al comité de empresa que actué par regularizar esta situación, así como interpondremos la correspondiente denuncia a inspección de trabajo, y haremos las reclamaciones judiciales para que sean devueltas las cantidades que hayan sido descontadas de manera indebida.
¡¡ORGANIZATE Y LUCHA!!
1 comentario:
EN QUE LEY ME APEGO PARA PROTEGER MIS DERECHOS DE DESCUENTOS INDEBIDOS POR PARTE DE LA EMPRESA
Publicar un comentario